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Estimados compañeros y compañeras;

Por la presente os comunicamos que se ha publicado en el BOJA nº 101 de fecha 31/08/99 la Orden de 26 de julio de 1.999, por la que se establece el calendario y los requisitos a los que deberá ajustarse la adaptación de los Estatutos de las Cooperativas Andaluzas a la Ley 2/1.999, de 31 de Marzo, de las Sociedades Cooperativas Andaluzas.

Esta Orden dispone que:

  • Las Cooperativas de Consumidores y Usuarios, así como las cooperativas de segundo o ulterior grado y las federaciones de cooperativas, deberán adaptar sus estatutos a la nueva Ley de Cooperativas en el plazo comprendido entre el 1 de Marzo y el 31 de Agosto del año 2.000.

  • Las Cooperativas de Servicios y Agrarias: 1 de Marzo al 31 de Agosto del 2.000.
  • Las COOPERATIVAS DE TRABAJAO ASOCIADO: En el periodo comprendido entre el 1 de Septiembre del año 2000 y el 28 de febrero del año 2001.

 

Transcurrido el periodo establecido en este calendario las cooperativas que no hayan solicitado del Registro de Cooperativas la adaptación de sus estatutos a la Ley, quedarán disueltas de pleno derecho, según establece la Ley 2/1.999, de 31 de marzo, de Sociedades Cooperativas Andaluzas.

Para más información, consultar nuestro servicio de Legislación en www.fecae.es

Con referencia a los nuevos Estatutos, os diré que se esta elaborando un Estatuto Tipo, concensuado con la Dirección General de Cooperativas, el cuál estará a disposición de las Cooperativas de Enseñanza una vez esté redactado.