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El Documento:
Objeto
Registro en el INEM
 
 
 
 

 

CONTRATO DE TRABAJADORES MINUSVÁLIDOS

 

NORMA LEGAL QUE LO REGULA

Ley 13/82 Real Decreto 1.451/83

 

OBJETO

Fomentar el empleo en trabajadores minusválidos.

 

REQUISITOS PARA LA EMPRESA

Solicitar el trabajador a la oficina de empleo, indicando los puestos a cubrir, sus características técnicas y la capacidad que debe tener el trabajador.

 

REQUISITOS DEL TRABAJADOR

Tener una disminución de su capacidad del 33% como mínimo. Deberá estar inscrito en el registro correspondiente de la oficina de empleo.

 

FORMA

Por escrito y en modelo oficial.

 

ENTREGA DE COPIA BASICA AL TRABAJADOR

Se le entregará al trabajador una copia básica de su contrato en el período de 10 días.

 

REGISTRO EN EL INEM

Se registrará el contrato en el INEM, en el periodo de 10 días desde su comienzo acompañando solicitud de alta en S.S. y certificado de minusvalía.

 

PERIODO DE PRUEBA

En defecto de pacto en convenio colectivo, no podrá exceder de 6 meses para los técnicos titulados y, para los demás trabajadores, de 2 meses en empresas de 25 o más trabajadores y de 3 meses en las de menos de 25.

 

DURACIÓN Y PRORROGAS

Por tiempo indefinido y a jornada completa.

 

RETRIBUCIÓN

Normas generales.

 

COTIZACIÓN

Normas generales.

Reducción de las cuotas empresariales de la Seguridad Social del 70% para trabajadores menores de 45 años y del 90% para los mayores de 45 años.

 

INCENTIVOS

Subvención de 500.000 pesetas obligándose el empresario a mantener la estabilidad en el empleo de estos trabajadores por tres años.

Deducción de 700.000.-Pesetas de la cuota del I.R.P.F. (salvo a los empresarios acogidos al régimen de estimación objetiva singular) o de la del Impuesto sobre Sociedades, si supone un incremento del promedio de la plantilla de trabajadores minusválidos.