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CONVENIO
DE COLABORACIÓN ENTRE LAS ASOCIACIONES REPRESENTATIVAS DE ENTIDADES
TITULARES DE CENTROS DE ENSEÑANZA DE INICITIVA SOCIAL Y LA UNIVERSIDAD
DE GRANADA.
En
Granada, a 17 de febrero de 1.998
REUNIDOS
De
una parte el Excmo. Sr. D. Lorenzo Morillas Cueva, como Rector
Magnífico de la Universidad de Granada
De
otra parte los señores y señoras:
Dña.
Pilar Cano Pinto, como Presidenta de Educación y Gestión.
D.
Alfredo Arce Medina, como Presidente de Confederación Española
de Centros de Enseñanza (C.F.C.E.) de Granada,
D.
Andrés López Osuna, como Director General de las Escuelas
del Ave María de Granada,
Dña.
María Luisa Martínez Pérez, como Delegada de
la Federación Española Religiosa de Enseñanza (F.E.R.E.)
D.
Rafael Moreno Hernández, como Presidente de la Federación
de Cooperativas Andaluzas de Enseñanza (F.E.C.A.E.)
EXPONEN
-
La
Universidad de Granada y las Asociaciones representativas de entidades
titulares de centros de enseñanza de iniciativa social son
conscientes de la importancia crucial que representa la realización
de las prácticas para los alumnos de la Universidad de Granada,
como estrategia básica de formación inicial que los
prepara de forma idónea para los tiempos futuros como docentes
y profesionales de la pedagogía y la psicopedagogía.
Asimismo, para los propios centros educativos tiene especial interés
recibir alumnos en prácticas como una contribución a
la propia formación y actualización de conocimientos
prácticos que los futuros docentes y educadores han de recibir
en su fase de formación inicial.
-
Esta
colaboración que lleva produciéndose varias décadas
con resultados muy satisfactorios para el conjunto de los participantes,
se hace más necesaria en momentos como los actuales, en los
que la reforma del sistema educativo español reclama de maestros,
pedagogos y psicopedagogos, además de una rica formación
en materias de carácter científico y cultural propias
de cada una de las titulaciones, el conocimiento práctico suficiente
que permita orientar la interpretación y los modos de intervenir
sobre la realidad educativa.
-
La
puesta en marcha de los nuevos planes de estudios universitarios,
así como el incremento del número de estudiantes, aconsejan
una regulación homogénea que identifique los compromisos
establecidos por cada una de las partes con objeto de desarrollar,
de forma eficaz, los procesos de interacción teoría-práctica,
a sabiendas de que la formación del pensamiento práctico
requiere algo más que la simple adquisición de contenidos
de carácter académico.
Por
ello, ambas partes acuerdan las siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA.-
La Universidad de Granada y los Centros Colaboradores de Prácticas,
están de acuerdo en la necesidad e importancia de las prácticas
de los alumnos y alumnas universitarios para un mejor funcionamiento tanto
de la propia formación de los alumnos como del sistema educativo
en general.
SEGUNDA.-
La fase de prácticas se establecerá según los siguientes
criterios:
-
La
realización de las prácticas de alumnos debe incluirse
en el Proyecto de Centro.
-
Los
Centros Docentes Colaboradores participarán en el seguimiento
y evaluación de los alumnos y alumnas en prácticas.
-
La
concreción de las prácticas con los centros educativos
se regularán mediante convenios que tendrán naturaleza
de convenio marco de colaboración, con objeto de facilitar
la gestión y evitar así la obligación de rehacer
los convenios año a año si el resultado de las prácticas
ha sido positivo. En este sentido, los convenios incorporarán
una cláusula de renovación automática si estos
no se denuncian por alguna de las partes firmantes.
-
El
Vicerrectorado de Fomento y Relaciones Universidad-Empresa a través
de la Oficina de Prácticas de la Universidad de Granada, elaborará
un convenio tipo que servirá de modelo para cualquier modalidad
de práctica.
-
Las
condiciones particulares de cada convenio se establecerán en
los correspondientes anexos, que podrán ser sustituidos anualmente
en función de las peculiaridades de cada curso académico.
-
En
los anexos se especificarán los siguientes aspectos: Naturaleza
de la práctica, número de plazos por titulación,
perfil de los alumnos, duración de la práctica, tareas
a desarrollar por los alumnos, dotación económica si
la hubiere, así como cualquier otro aspecto que pueda ser de
interés.
TERCERA.-
Para un mejor desarrollo de la fase práctica de los alumnos y alumnas
universitarios, la Universidad de Granada se compromete a:
-
Colaborar
con los Centros Colaboradores de Prácticas en la correcta planificación
de las prácticas.
-
Facilitar
a los centros colaboradores y a los profesores-tutores los medios
para la participación en el seguimiento y evaluación
de las prácticas.
-
Colaborar
con los centros mediante la asignación de una aportación
económica que se determinará, para cada curso, para
la realización de las fases de prácticas.
-
Facilitar
al profesorado de los Centros educativos, el uso de instalaciones
deportivas, bibliotecas y servicios informáticos de consulta
en iguales condiciones que las establecidas para el profesorado universitario.
-
Facilitar
a los Centros Colaboradores el asesoramiento universitario necesario
para el perfeccionamiento de los profesores y profesoras tutores.
-
Las
actividades recogidas en el apartado e) podrán ser reconocidos
como créditos de libre configuración.
CUARTA.-
Los Centros Colaboradores de Prácticas, se comprometen a:
QUINTA.-
La Universidad de Granada, se compromete a revisar sus planes docentes
en aquello que se relaciona con las prácticas de alumnos objeto
del presente convenio, para adecuarlas a la oferta educativa.
SEXTA.-
Para facilitar la mejor coordinación y seguimiento de lo estipulado
en este Convenio, se constituirá una Comisión de Seguimiento
que estará compuesta por seis representantes de la Universidad
de Granada, elegidas por el Rector y cinco representantes de las Entidades
Firmantes.
Dicha
Comisión tendrá las siguientes funciones:
-
Seguimiento
de la realización de este Convenio.
-
Proponer
actuaciones concretas para su desarrollo, así como las necesidades
económicas y de infraestructura que, en cada caso, a cada una
de las partes correspondan.
-
Valorar
la adecuación de los objetivos contenidos y métodos
de las actividades en orden a mejorar la calidad de los futuros Diplomados
y Licenciados universitarios.
Habiendo
leído el presente por sí mismos y hallándose conformes
lo firman por septuplicado y a un solo efecto en el lugar y fecha arriba
citados.
FIRMADO
POR:
LA
UNIVERSIDAD DE GRANADA Y LOS CENTROS COLABORADORES DE PRÁCTICAS
ANTERIORMENTE CITITADOS.
Granada,
17 de febrero de 1.998
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